En el ámbito de sus responsabilidades, tanto el Estado como las Comunidades Autónomas han establecido regulaciones para los registros de personas prohibidas en el juego.

La inscripción en estos registros impide que la persona registrada participe en juegos que requieran identificación previa por parte de la Administración competente, asegurando así el cumplimiento del derecho ciudadano a la autoexclusión.

Si la inscripción se realiza en el Registro de Interdicciones de Acceso al Juego de la DGOJ, esto impedirá la participación en juegos en línea y, según lo establecido por las normas correspondientes, en juegos presenciales exclusivos como las loterías. Esta prohibición se hace efectiva en el momento del cobro de premios y se informa a las Comunidades Autónomas para su inclusión en los procedimientos locales que previenen la participación en juegos restringidos. Asimismo, cualquier petición para cancelar la inscripción debe procesarse a través del mismo registro y se comunica a las Comunidades Autónomas para consideración.

Por otro lado, con excepción de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las inscripciones o cancelaciones realizadas en los registros autonómicos solo aplican dentro del territorio de la respectiva Comunidad Autónoma. En Castilla-La Mancha, un convenio entre la DGOJ y el regulador autonómico ha unificado los registros, fortaleciendo la protección a los jugadores más vulnerables.

Cada Comunidad Autónoma, a excepción de Castilla-La Mancha, ha personalizado su registro con parámetros específicos para optimizar la protección de los jugadores. En Castilla-La Mancha, la configuración de su registro es idéntica a la del RGIAJ de la DGOJ.

Para proporcionar información detallada a los ciudadanos y Administraciones Públicas sobre los registros de prohibidos, tanto estatales como autonómicos, se puede consultar el buscador que ofrece datos completos sobre las características y funciones de cada registro.

Autoprohibición en las CCAA

¿Cómo inscribirse?

Para solicitar la autoexclusión en juegos que requieran identificación previa (juegos en línea y presenciales específicos), se puede registrar en el fichero de interdicciones de la DGOJ de las siguientes maneras:

  • Presencialmente: presentando el formulario RGIAJ en cualquiera de los registros indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (registros electrónicos de las AAPP, oficinas de correos, representaciones diplomáticas o consulares de España, oficinas de asistencia en registros o cualquier otro establecido por normativas especiales), asegurando que la solicitud incluya la fecha de recepción.
  • Por internet: a través de la sede electrónica de la Dirección General de Ordenación del Juego, usando un certificado electrónico.

Para más información sobre el proceso de registro o cancelación de inscripciones y los derechos asociados a estos procesos, se recomienda consultar las plataformas oficiales o contactar con las autoridades competentes.